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Creación del Sistema Provincial de Areas Naturales Protegidas de Formosa Artículo 35 Provincia de Formosa


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Creación del Sistema Provincial de Areas Naturales Protegidas de Formosa Formosa
Artículo 35.

Serán consideradas Reservas Hídricas todos aquellos ambientes acuáticos, que por sus características, usos actuales o potenciales revistan importancia tanto para la conservación de los ecosistemas, como para la prestación de servicios vitales para satisfacer necesidades humanas o productivas.

Las Reservas Hídricas podrán ser de dos tipos:

a. Reservas de Biodiversidad Hídrica: son las que preservan principalmente zonas de cría y desove de peces, concentración de cardúmenes, como también las que preserven flora y fauna relacionada con el agua. En éstas primará el concepto de conservación de la biodiversidad.

b. Reservas de Protección Hídricas: son las que preservan lugares de acumulación de agua, cumpliendo fines esenciales en el equilibrio de la dinámica hidrológica para satisfacer necesidades humanas básicas y las relacionadas con el uso agropecuario o industrial de las mismas, junto con el entorno natural. En éstas primará el concepto de bien social del recurso agua.

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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