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Creación del Sistema de Alojamiento Convive Artículo 10 Provincia de Río Negro


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2024

Creación del Sistema de Alojamiento Convive Río Negro
Artículo 10. Acuerdo recíproco de convivencia

Siguiendo el modelo básico establecido reglamentariamente, se firma un acuerdo específico entre la persona mayor y el/la estudiante, estableciendo las condiciones mínimas de convivencia. Los contenidos y detalles del mismo, son coordinados y supervisados por la autoridad de aplicación del sistema, a través del equipo ejecutor local.

El modelo de acuerdo recíproco de convivencia, contiene como mínimo las siguientes cláusulas:

- El carácter voluntario del mismo.

- El carácter no lucrativo de la relación solidaria recíproca y de ayuda mutua.

- En ningún caso podrá contener obligaciones o derechos laborales o de orden civil.

- La convivencia cesará cuando el adulto mayor vea limitada o afectada su autonomía funcional básica e instrumental.

- El o la estudiante no asume compromisos legales de cuidador o acompañante.

- La convivencia debe respetar de manera adecuada los espacios de estudio, esparcimiento, estilos de vida, tareas e intimidad de ambas partes, fundada en lazos de solidaridad e intercambio intergeneracional.

- El Estado provincial y la entidad educativa involucrada no asumen responsabilidad por las consecuencias derivadas de la ejecución de la convivencia.

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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


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