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Creación del Órgano de Revisión de Salud Mental y Comisión de Salud Mental Artículo 8 Provincia de San Juan


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Creación del Órgano de Revisión de Salud Mental y Comisión de Salud Mental San Juan
Artículo 8. Composición

La Comisión Provincial de Salud Mental está integrado por un (1) miembro titular y un (1) suplente de los siguientes ministerios y secretarias, con representantes de: Ministerio de Salud Pública, Ministerio de Gobierno a través de la Subsecretaría de Derechos Humanos, Ministerio de Educación; Ministerio de Desarrollo Humano y Promoción Social; Secretaría de Estado de Seguridad; Secretaría de Deportes.

También la integran:

a) un (1) miembro titular y un (1) suplente designado por la Corte de Justicia de la Provincia, b) un (1) representante y un (1) suplente designado por el Ministerio Publico Fiscal de la Provincia, c) un (1) miembro titular y un (1) suplente designado por la Cámara de Diputados de la Provincia, d) un (1) miembro titular y un (1) suplente designado por el Ministerio Público de la Defensa de la Nación, e) un (1) miembro titular y un (1) suplente de asociaciones de usuarios y familiares del sistema de salud, f) un (1) miembro titular y un (1) suplente de asociaciones de profesionales y otros trabajadores de la salud, g) un (1) miembro titular y un (1) suplente de organizaciones no gubernamentales abocadas a la defensa de los derechos humanos, h) un (1) miembro titular y un (1) suplente del área que coordine las prestaciones especiales de la Obra Social de la Provincia de San Juan;

También estar integrado por los titulares de los Servicios o Divisiones de Salud Mental del Ministerio de Salud, titulares de los hospitales centralizados o descentralizados y cualquier otro que la Comisión si lo estime conveniente.

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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