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Creación del municipio Salto Encantado, ubicado en el departamento Cainguás Artículo 2 Provincia de Misiones


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 22/04/2026

Creación del municipio Salto Encantado, ubicado en el departamento Cainguás Misiones
Artículo 2.

Fíjanse como límites del municipio Salto Encantado, los siguientes:

Al Norte: A partir del vértice Noroeste del Lote 154 (Pc. 26) Colonia Garuhapé, Sección IV, Municipio Aristóbulo del Valle, proveniente de la toma de conocimiento N.º 239, Departamento 02, Municipio 05, Sección 05; con rumbo Este y siguiendo el deslinde del lado Norte de los Lotes 153, 152, 151, 150, 149, 148, 147, 146, 145, 144, 143, 142, 141 de dicho plano hasta llegar al vértice Noreste del Lote 140 (Pc. 11B) del mismo plano; continuando hacia el Este lindando con los lados Sur y Oeste de los Lotes A (Pc. 165C), B (Pc. 165D) y C (Pc. 165E), Colonia Garuhapé Remanente R-13, Municipio Garuhapé, provenientes del plano de mensura N.º 36.581, Departamento 10, Municipio 34, Sección 05; hasta el vértice Sudeste del mencionado Lote C.

Al Noreste: continuando con rumbo Sur en línea recta lindando, calle de por medio, con el lado Oeste del Lote 44 (Pc. 477) Colonia El Alcázar, Fracción II, Municipio El Alcázar, provenientes del plano de mensura N.º 35.807, Departamento 10, Municipio 29, Sección 11; con los lados Oeste de los Lotes 39 (Pc. 435) y 38 (Pc. 434), lado Oeste y Sur del Lote 37 (Pc. 433) y lado Sur del Lote 36 (Pc. 432), Colonia El Alcázar, Fracción II, Municipio El Alcázar, provenientes del plano de mensura N.º 33.282, Departamento 10, Municipio 29, Sección 11; hasta encontrar el DivortiumAquarumo "Divorcio de aguas" determinados por los peritos del Ministerio de Agricultura de la Nación y continuando por éste en sentido Sureste coincidentes, calle de por medio en donde existiere, con los lados Oeste de los Lotes 30 (Pc. 387), 29 (Pc. 399), 28 (Pc. 400), 20 (Pc. 401), 13 (Pc. 408), 6 (Pc. 415) y lados Sur de los Lotes 5 (Pc. 416), 3 (Pc. 418), 2 (Pc. 419) y 1 (Pc. 420), Colonia El Alcázar, Fracción II, provenientes del plano de mensura N.º 30.591, Departamento 10,Municipio 29, Sección 11, Municipio El Alcázar, hasta encontrar el trazado de la ex-Ruta Nacional N.º 14; continuando por éste con rumbo Este lindando con los lados Sur de los Lotes 18 (Pc. 18), 15 (Pc. 15), 19 (Pc. 19) y 20 (Pc. 20) Colonia El Alcázar, Fracción 1, Municipio El Alcázar, provenientes del plano de mensura N.º 7.623, Departamento 10, Municipio 29, Sección 11; hasta encontrar el lado Oeste del deslinde entre las Secciones IV y VIII de la Colonia Aristóbulo del Valle, Municipio Dos de Mayo, proveniente del plano de mensura N.º 4.906, Departamento 2, Municipio 28, Sección 3; y continuando con rumbo Sureste y lindando con los lados Suroeste, calle de por medio, de los Lotes 19 (Pc. 15), 28 (Pc. 23), 29 (Pc. 32) y 44 (Pc. 34) Colonia Aristóbulo del Valle, Sección VIII, Sector A, Municipio Dos de Mayo, provenientes del plano de mensura precitado, hasta el vértice Sur de este último Lote 44.

Al Sureste: continuando con rumbo Suroeste lindando, calle de por medio, con los lados Noroeste de los Lotes 16 (Pc. 412), 15 (Pc. 411), 14 (Pc. 410), 13 (Pc. 409), 12 (Pc. 408), 11 (Pc. 407), 10 (Pc. 406), 9 (Pc. 405), 8 (Pc. 404), 7b (Pc. 403B), 6b (Pc. 402B), 6a (Pc. 402A), 5 (Pc. 401), 4 (Pc. 400), 3 (Pc. 399), 2 (Pc. 398), 1 (Pc. 397) Colonia Aristóbulo del Valle, Sección VII, Municipio Aristóbulo del Valle, provenientes del plano de mensura N.º 3.813; Departamento 02, Municipio 05, Sección 04; hasta llegar al vértice Oestede este último Lote 1 mencionado; a partir de allí continuando con rumbo Noroeste lindando, calle de por medio, con los lados Sureste de los Lotes 6 (Pc. 96), 1 (Pc. 82), Colonia Aristóbulo del Valle, Sección III, Sector B, Municipio Aristóbulo del Valle, provenientes del plano de mensura Nº. 4.527; Departamento 02, Municipio 05, Sección 04, hasta la intersección con el Arroyo Alegre; continuando por su cauce con rumbo Oeste hasta encontrar el lado Este del Lote 173 (Pc. 426) Colonia Aristóbulo del Valle, Sección II, Municipio Aristóbulo del Valle, provenientes de la toma de conocimiento N.º 4.812; Departamento 02, Municipio 05, Sección 03.

Al Oeste: continuando con rumbo Noroeste lindando con la Sección IImencionada y los lados Noreste de los Lotes 174 (Pc. 401), 175 (Pc. 376), 176 (Pc. 352), 177 (Pc. 328), 178 (Pc. 303), 179 (Pc. 281), 180 (Pc. 263), 181 (Pc. 247), 182 (Pc. 246), 183 (Pc. 245) y 184 (Pc. 205) provenientes de la toma de conocimiento precitada, hasta llegar a la ex Ruta Nacional 14; continuando por ésta con rumbo Oeste hasta encontrar el vértice Este del lote 33a (Pc. 147), Colonia Salto Encantado, Sección I, Municipio Aristóbulo del Valle, sin mensura, Departamento 02, Municipio 05, Sección 03; desde allí con rumbo Norte acompañando la calle lindando con los lados Este y Norte del Lote 33b (Pe 146) Colonia Salto Encantado, Sección I, Municipio Aristóbulo del Valle, sin mensura, Departamento 02, Municipio 05, Sección 03; y lados Este de los lotes 38a (Pc. 142A) y 38c (Pc. 142C), lados Este y Norte del Lote 38b (Pc. 142B), Colonia Salto Encantado, Sección I, Municipio Aristóbulo del Valle, provenientes del plano de mensura N.º 53.327, Departamento 02, Municipio 05, Sección 03; y lados Este y Norte del Lote 37 (Pc. 139), Colonia Salto Encantado, Sección I, Municipio Aristóbulo del Valle, sin plano de mensura, Departamento 02, Municipio 05, Sección 03; y lados Este y Norte del lote 40 (Pc. 136), Colonia Salto Encantado, Sección 1, Municipio Aristóbulo del Valle, sin plano de mensura. Departamento 02, Municipio 05, Sección 03; y lados Norte del Lote 42 (Pc. 125), lote 43 (Pc. 124) Colonia Salto Encantado, Sección I, Municipio Aristóbulo del Valle, sin plano de mensura, Departamento 02, Municipio 05, Sección 03; y lado Norte del lote 44 (Pc. 123), Colonia Salto Encantado, Sección I, Municipio Aristóbulo del Valle, proveniente del plano de mensura N.º 50006, Departamento 02, Municipio 05, Sección 03; hasta encontrar el lado Este del Lote B (Pc. 251) Colonia Garuhapé, Fracción de Campo, Municipio Garuhapé, proveniente del plano de mensura N.º 30.096, Departamento 10, Municipio 34, Sección 05; y continuando con rumbo Norte lindando en el Lote B mencionado hasta llegar al punto de partida.

Provincia de Misiones Artículo 2 Creación del municipio Salto Encantado, ubicado en el departamento Cainguás LEY XV-19, Oficial, 17 de Julio de 2020
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Saludo cordial sres Juristas y Letrados , perdon por redactar esto aqui , buscando información de las Legislaciones Articulos y Contravenciones , y no pudiendo hallar respuestas rapdias y concluyentes en absolutamente ninguno de los Whatt o Telef de asistencia del Gob Ciudad , incluso en Central de Playas , etc solo en próximas horas podre ver recién al Controlador , mientras pasaron mas de 3 dias , del incautamiento de mi propio motovehiculo Pat 750 GSE - Gilera 250 , no logramos dar con el paradero de dicho Bien ciendo Titular , sabiendo lo honeroso de los gastos de Playa y mas seguramente una Multa , no muy coherente de la cual formulare Apelacion mañana mismo ) Se me tomo como Licencia de Conducir Vencida ( sin embargo estaba bajo Prorroga hasta Sept 2026 " incluso asi Comprendido en otros controles Vehiculares , y tambien en mi VTV posterior al vencimiento real , En ningun momento me fue Notificado por mis emails con el Gob de la Ciudad vigente y actualizados hace años para este tipo de tramites , lastimosamen te me es de gran prejucio economico porque ya estoy perdiendo trabajos , y No he encontrado en dias , un modo de Defensa , Amparo, o Apelación real , mas rapido que los impartidos oficialmente sumado a la preocupacion de no saber donde y en que estado me sera devuelto mi pribado bien personal , este punto es determinante por eso el intento de retirar rapido de playa " , que en este caso también me fue mal Informada " en mis llamados oficiales me dicen que mi motovehciulo No esta en Playa Davila 1024 donde se me informo en el mismo Incautamiento sucedido 25 Mayo 2026 Av E Rios 900 CABA , 16;30 m . Gracias por toda atención y posible sugerencia , y mi disculpa , por no ser el foro adecuado . Atte Ricardo Dangelo


si la persona fellecida tiene tres hijos, los tres pueden tener las cenizas?


ley uno dirige a la ley 2 la 2 a la 3, no pueden ser específicos o no les alcanza para unas plumas?


Hasta donde yo se no se suprimio el articulo en la ley nacional, pero cada provincia al receptarla puede decidir si receptar ese articulo o no.


Cuales serian multas leves y cuales graves??? esta escrito en alguna ley???


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