Creación del Comité de la Cuenca Hídrica Arroyo San Francisco-Las Piedras Artículo 9 Provincia de Buenos Aires
Creación del Comité de la Cuenca Hídrica Arroyo San Francisco-Las Piedras Buenos Aires
Artículo 9.
Créase la Comisión Bicameral de Seguimiento, Fiscalización y Control del Comité de la Cuenca Hídrica Arroyo San Francisco-Las Piedras y de las Cuencas creadas por las Leyes 12.653 y 14.710 en el ámbito de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires. Estará integrada por tres (3) diputados y tres (3) senadores designados por las respectivas Cámaras debiendo contemplarse la participación de las minorías.
La Comisión Bicameral deberá ser informada en forma presencial por los Presidentes de los directorios de las Cuencas semestralmente, pudiendo requerir la información que considere necesaria y practicar las observaciones, propuestas y recomendaciones que estime pertinentes en función de las previsiones de la presente Ley.
Provincia de Buenos Aires Artículo 9 Creación del Comité de la Cuenca Hídrica Arroyo San Francisco-Las Piedras LEY 15.486, 10 de Mayo de 2024
Mejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta Salviati
Orlando Fernández
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Portugal Marcelo Fabián
Saludo cordial sres Juristas y Letrados , perdon por redactar esto aqui , buscando información de las Legislaciones Articulos y Contravenciones , y no pudiendo hallar respuestas rapdias y concluyentes en absolutamente ninguno de los Whatt o Telef de asistencia del Gob Ciudad , incluso en Central de Playas , etc solo en próximas horas podre ver recién al Controlador , mientras pasaron mas de 3 dias , del incautamiento de mi propio motovehiculo Pat 750 GSE - Gilera 250 , no logramos dar con el paradero de dicho Bien ciendo Titular , sabiendo lo honeroso de los gastos de Playa y mas seguramente una Multa , no muy coherente de la cual formulare Apelacion mañana mismo ) Se me tomo como Licencia de Conducir Vencida ( sin embargo estaba bajo Prorroga hasta Sept 2026 " incluso asi Comprendido en otros controles Vehiculares , y tambien en mi VTV posterior al vencimiento real , En ningun momento me fue Notificado por mis emails con el Gob de la Ciudad vigente y actualizados hace años para este tipo de tramites , lastimosamen te me es de gran prejucio economico porque ya estoy perdiendo trabajos , y No he encontrado en dias , un modo de Defensa , Amparo, o Apelación real , mas rapido que los impartidos oficialmente sumado a la preocupacion de no saber donde y en que estado me sera devuelto mi pribado bien personal , este punto es determinante por eso el intento de retirar rapido de playa " , que en este caso también me fue mal Informada " en mis llamados oficiales me dicen que mi motovehciulo No esta en Playa Davila 1024 donde se me informo en el mismo Incautamiento sucedido 25 Mayo 2026 Av E Rios 900 CABA , 16;30 m . Gracias por toda atención y posible sugerencia , y mi disculpa , por no ser el foro adecuado . Atte Ricardo Dangelo
si la persona fellecida tiene tres hijos, los tres pueden tener las cenizas?
ley uno dirige a la ley 2 la 2 a la 3, no pueden ser específicos o no les alcanza para unas plumas?
Hasta donde yo se no se suprimio el articulo en la ley nacional, pero cada provincia al receptarla puede decidir si receptar ese articulo o no.
Cuales serian multas leves y cuales graves??? esta escrito en alguna ley???
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Producción y Circulación en la Vía Pública de Automotores Fabricados Artesanalmente Artículo 14.Recomendados
Creación del Comité de la Cuenca Hídrica Arroyo San Francisco-Las Piedras Buenos Aires Artículo 7. Regulan la actividad de las personas jurídicas que comercialicen bienes de consumo a través de canales de venta directa Buenos Aires Artículo 9. Regulan el uso de artificios pirotécnicos y de cohetería de alto impacto Buenos Aires Artículo 1. Objeto Se autoriza al Poder Ejecutivo Provincial, a contraer un préstamo de acuerdo con la Ley nacional 24855 Provincia del Neuquén Declaración como Monumento Natural al Huillín (Lontra Provocax) en el territorio Río Negro Artículo 5.Publique la información de sí mismo
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