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Creación del Colegio Profesionales de Diseñadores Artículo 34 Provincia de San Juan


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Creación del Colegio Profesionales de Diseñadores San Juan
Artículo 34.

El Tribunal de Disciplina se compone de tres miembros titulares e igual número de suplentes, elegidos de la misma manera que los miembros del Consejo Directivo. Para ser miembro de los órganos mencionados precedentemente, se requiere una antigüedad mínima de seis años de colegiado; duran dos años en su función, pueden excusarse y recusarse de acuerdo a las normas establecidas en el código de procedimiento Civil, Comercial y Minería de la Provincia de San Juan y pueden ser reelectos por un periodo consecutivo. El desempeño de cargo en el Tribunal de Disciplina es incompatible con el de cualquier otro en el ámbito del Colegio.



Provincia de San Juan Artículo 34 Creación del Colegio Profesionales de Diseñadores
Artículo 1 ...32 33 34 35 36 ...41

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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