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Creación del Colegio de Profesionales en Psicomotricidad Artículo 23 Provincia de Catamarca


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Creación del Colegio de Profesionales en Psicomotricidad Catamarca
Artículo 23.

El Presidente, o quien lo reemplace estatutariamente, tendrá los siguientes deberes y atribuciones:

a) Ejercer la representación del Colegio;

b) Citar a las asambleas y convocar a las reuniones de la Comisión Directiva y presidirlas;

c) Tendrá derecho a votar en las sesiones de la Comisión Directiva al igual que los demás miembros del cuerpo y en caso de empate, votará nuevamente para desempatar;

d) Firmar con el secretario, las actas de las asambleas y de la Comisión Directiva, la correspondencia y todo documento del Colegio;

e) Autorizar con el tesorero las cuentas de gastos, firmar los recibos y demás documentación de la tesorería de acuerdo con lo resuelto por la Comisión Directiva. No permitir que los fondos sociales sean invertidos en objetos ajenos a los prescriptos por esta Ley;

f) Dirigir los debates, suspender y levantar las sesiones de la Comisión Directiva cuando se altere el orden y se falte el debido respeto;

g) Velar por la buena marcha, administración, progreso, perfeccionamiento y desarrollo del Colegio, observando y haciendo observar la presente Ley, reglamentos internos, resoluciones de las asambleas y/o comisión directiva y toda disposición legal u órganos contralores que corresponda de acuerdo a las leyes vigentes;

h) Sancionar a cualquier empleado que no cumpla con sus obligaciones y adoptar resoluciones en los casos imprevistos. En ambos supuestos lo será ad-referéndum de la primera reunión de la Comisión Directiva;

i) Le está prohibido percibir remuneración o emolumento alguno por los servicios que presten al colegio en tal carácter.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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