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Creación del Banco Provincial de Tierras Urbanas Artículo 7 Provincia del Chaco


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2024

Creación del Banco Provincial de Tierras Urbanas Chaco
Artículo 7.

Facúltase a la autoridad de aplicación a adjudicar en venta y escriturar los lotes con servicios básicos a favor de beneficiarios y familias que no tengan registradas propiedad o adjudicación de viviendas en IPDUV o tengan emitidos certificados RUBH y se hayan inscripto en el registro del banco de tierras creado a tal fin y con destino a la construcción de viviendas; así mismo se podrán disponer de lotes para el desarrollo de planes de viviendas con financiamiento de programas específicos, provincial, nacional y/o internacional, a ser adjudicados en forma posterior a sujetos de derecho que cumplan con las condiciones antes mencionadas, estableciendo su precio, plazo de amortización, intereses aplicables y garantías hipotecarias inembargables si son único bien de familia; por los medios legales correspondientes y los regímenes de financiación a utilizar en los términos y condiciones que corresponda.



Provincia del Chaco Artículo 7 Creación del Banco Provincial de Tierras Urbanas
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion


Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


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