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Creación de las tasas judiciales Artículo 10 Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2024

Creación de las tasas judiciales Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
Artículo 10. COSTAS. ARCHIVO DEL EXPEDIENTE

La tasa de justicia integrar las costas del juicio y ser soportada en definitiva por las partes en la misma proporción en que dichas costas debieren ser satisfechas. Las exenciones personales no benefician a la otra parte. Cuando la parte vencedora haya abonado al comienzo la tasa de justicia, podrá reclamar su reintegro a quien resulte condenado en costas, aunque éste, a su vez, pudiere reclamar la devolución al fisco por encontrarse exento. No se archivar ningún expediente sin previa certificación del Secretario acerca de la inexistencia de deuda por la tasa de justicia.

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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion


Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


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