Creación de la Sociedad Terminal de Omnibus Córdoba Sociedad del Estado Artículo 10 Provincia de Córdoba
Creación de la Sociedad Terminal de Omnibus Córdoba Sociedad del Estado Córdoba
Artículo 10.
El Presidente tiene por funciones:a) Representar legalmente a La Sociedad y suscribir la documentación necesaria para su normal desenvolvimiento. Podrá otorgar poderes especiales a otro Director para que éste represente a La Sociedad en actos jurídicos específicamente determinados;
b) Cumplir y hacer cumplir las leyes, el estatuto, las resoluciones de la Asamblea y del Directorio;
c) Ejercer las atribuciones dadas al Directorio en el artículo precedente, solo en casos de urgencia justificada que hicieren impracticable la reunión del Directorio, con cargo de informar en la inmediata reunión posterior;
d) Convocar y presidir las reuniones de Directorio con voto en todos los casos, y doble cuando haya empate;
e) Librar y endosar cheques, vales, pagarés y cualquier otra especie de papeles de comercio, sin perjuicio de las condiciones o delegaciones de firmas o de los poderes que fije el Directorio;
f) Informar al Directorio, en todas las reuniones, sobre la marcha de La Sociedad y sobre el cumplimiento de las decisiones más importantes de las adoptadas en la reunión anterior, y g) Proponer al Directorio decisiones sobre el personal, o directamente tomarlas si el Directorio le hubiere delegado esa facultad.
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
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Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Buenos Aires Artículo 36. Creación de los consorcios de conservación de suelos Córdoba Artículo 5. Funciones Regulación de la organización de la disposición o constitución de derechos reales sobre bienes inmuebles Córdoba Artículo 5. Sistema Unificado de Gestión de Bienes Inmuebles del Estado Modificación del radio municipal de la localidad de Santa Eufemia, ubicada en el Departamento Juárez Celman Córdoba Artículo 5. Ley Provincial de protección para la preservación al Patrimonio Documental y a los archivos Santa Cruz Artículo 2. DefiniciónPublique la información de sí mismo
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