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Creación de la nueva Policía Judicial Artículo 15 Provincia de Buenos Aires


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Creación de la nueva Policía Judicial Buenos Aires
Artículo 15. Detectives Judiciales. Funciones

Los Detectives Judiciales tienen las siguientes funciones:

1. Practicar todos los actos de investigación que les ordenen los representantes del Ministerio Público Fiscal de conformidad con las normas procesales penales y la reglamentación vigentes, ejecutando y haciendo ejecutar las instrucciones que a ese fin les impartan sus superiores. En caso de urgencia podrán adoptar las medidas necesarias para asegurar la investigación, con arreglo a las leyes y reglamentación vigentes.

2. Controlar la observancia de las normas constitucionales y legales relativas a los derechos y garantías de las personas imputadas y de toda otra persona involucrada en la investigación, debiendo informar de inmediato a las autoridades del Ministerio Público Fiscal de toda violación a esas disposiciones de las que tenga conocimiento.

3. Toda otra función que el Procurador General establezca por vía reglamentaria.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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