Creación de Juzgados Contenciosos Administrativos del Poder Judicial (Creación de Juzgados Contenciosos Administrativos del Poder Judicial) Provincia del Chubut
Creación de Juzgados Contenciosos Administrativos del Poder Judicial Provincia del Chubut
- Artículo 1. Créanse los Juzgados Contenciosos Administrativos en el ámbito del Poder...
- Artículo 2. No corresponden a la competencia de los tribunales contenciosos...
- Artículo 3. Los Juzgados en lo Contencioso Administrativo tendrán su asiento en las...
- Artículo 4. Créase la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, con...
- Artículo 5. La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, ejercerá su...
- Artículo 6. Cada Juzgado en lo Contencioso Administrativo y la Cámara de Apelaciones en...
- Artículo 7. A los fines de la implementación de la presente ley, el Poder Judicial...
- Artículo 8. Autorícese al Poder Ejecutivo a efectuar, en el Presupuesto General de...
- Artículo 9. El Fuero Contencioso Administrativo, en sus dos instancias, deberá comenzar...
- Artículo 10. LEY GENERAL. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
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Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
esto esta desactualizado faltan las modificaciones de la ley 15232 ''ley de victimas''
Buenas noches el administrador de un consorcio falleció y tras su muerte se descubrio fraude y malversacion de fondos. A que organismo oficial se le puede pedir una asesoría ,ya que la nueva administración argumenta que es responsabilidad del consorcio y quisiera saber si es así?
Muchas gracias y espero su espuesta.
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