Papel de pasta celulosa para diarios. declaracion de interes publico. control parlamentario y marco regulatorio (Control Parlamentario y Marco Regulatorio. Objetivos) Nacional
Papel de pasta celulosa para diarios. declaracion de interes publico. control parlamentario y marco regulatorio Nacional
- Artículo 1. Declárase de interés público la fabricación, comercialización y distribución...
- Artículo 2. Créase en el ámbito del Honorable Congreso de la Nación, la Comisión...
- Artículo 3. Objeto
- Artículo 4. Ambito de aplicación
- Artículo 5. Definiciones
- Artículo 6. Sujetos
- Artículo 7. Principios generales
- Artículo 8. Impacto ambiental
- Artículo 9. En caso de producirse alteraciones negativas sobre el medio ambiente, se...
- Artículo 10. Autoridad de aplicación
- Artículo 11. Atribuciones de la autoridad de aplicación
- Artículo 12. Comisión Federal Asesora
- Artículo 13. La coordinación de la Comisión Federal Asesora será ejercida por el...
- Artículo 14. A efectos de integrar la Comisión Federal Asesora los compradores deberán...
- Artículo 15. A efectos del funcionamiento y la toma de decisiones dentro de la Comisión...
- Artículo 16. Serán funciones de la citada Comisión Federal Asesora: a) Analizar la...
- Artículo 17. Contabilidad separada
- Artículo 18. Transparencia
- Artículo 19. Publicación de balances
- Artículo 20. Precio único de pago contado
- Artículo 21. Los fabricantes, distribuidores y comercializadores de pasta celulosa y de...
- Artículo 22. Régimen de ventas
- Artículo 23. Los compradores de pasta celulosa y de papel para diarios se encuentran...
- Artículo 24. En el caso de que para un determinado período persistan excedentes de...
- Artículo 25. Régimen de inversiones
- Artículo 26. La Comisión Federal Asesora estimará, trimestralmente, las necesidades de...
- Artículo 27. A efectos de asegurar un reparto equitativo del costo relativo de importar...
- Artículo 28. Registro Nacional de Fabricantes, Distribuidores y Comercializadores de Pasta Celulosa y Papel para Diarios
- Artículo 29. Plazo para registrarse
- Artículo 30. Control jurisdiccional
- Artículo 31. Régimen sancionatorio
- Artículo 32. El presente marco normativo establece como pasibles de las sanciones...
- Artículo 33. Contravenciones y sanciones
- Artículo 34. Fiscalización
- Artículo 35. Tasa de fiscalización
- Artículo 36. Serán obligados al pago de la tasa de fiscalización de la producción de...
- Artículo 37. Fondo fiduciario
- Artículo 38. El fondo fiduciario creado precedentemente estará integrado por los...
- Artículo 39. El Poder Ejecutivo Nacional reglamentará la constitución y funcionamiento...
- Artículo 40. En virtud del cumplimiento de los objetivos de la creación de la firma Papel...
- Artículo 41. Cuando los fondos necesarios para las inversiones previstas en el artículo...
- Artículo 42. Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional. DADA EN LA SALA DE SESIONES...
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estuve por art dos años donde fuin operado del hombro y la art me reclifico laboralmente,luegon de estar seis meses de reserva de puesto me despidieron por que la art justifica que tengo ser recalificado siendo que me dio el 2 % de incapacidad le sostenia al empleador que no me podia cubrir laa art nuevamente,fui despedido por este motivo,donde no se me pago tanto como vacaciones adeudadas en dos años ni agunaldos del tiempo de art,y un año menos de antiguedad...puedo iniciar algo?
Lo que debe iniciar es un juicio civil de medianería . No es mandar un email, es iniciar una acción judicial. Saludos cordiales
buenos dias soy una vecina afectada por una construccion clandestina sin planos realizada por un vecino lindero a mi propiedad usando mi mediane, causandome danos estructurales comprobados. la obra en cuestion una terraza sin autorizacion, ha sido inspeccionada y sancionada por la municipalidad solo con una multa , pero continua en pie ,agravando los danos estructurales en mi vivienda representando danos estructurales representando un riesgo para la seguridad propia y de terceros ( cables de luz y otros colgando de mi pared que estaban apoyados sobre la medianer en la que se construyo misma, desprendimiento permanente de la misma. LA MUNICIPALIDAD ( quien tiene la potestad de la remocion o demolicion de la obra ilegal,en medio del marco de las conferidas por el articulo27 inc.5,10y19 del DECRETO-LEY ORGANICA DE LAS MUNICIPALIDADES). NO TOMA MEDIDAS , NESECITO URGENTE INTERVENCION JUDICIAL , donde puedo mandar un mei para realizar esta denuncia o dirigirme persnalmente a dejar una carpeta con todas las pruebas de los danos realizadas , TANTO POR LA MUNICIPALIDAD de la matanza , como DE UN ARQUITECTO PARTICULAR ESPERO SU RESPUESTA GRACIAS
Si tardo un año en presentarme al tribunal de faltas para recibir la sentencia. Es un agravante? Puede aumentar el plazo de inhabilitación?
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