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Contratos de Asociación Pública y Privada Artículo 9 Provincia del Neuquén


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Contratos de Asociación Pública y Privada Neuquén
Artículo 9.

El Poder Ejecutivo provincial puede, según las características del proyecto y a efectos de actuar como contratista o como parte del consorcio contratista, según corresponda en cada caso, crear sociedades anónimas en las cuales el estado tenga participación de acuerdo con lo establecido por la Ley General de Sociedades. En estos casos, la participación estatal debe alentar ser compatible con la participación del sector privado en dichas sociedades. El Poder Ejecutivo provincial puede crear fideicomisos con el mismo propósito o disponer la utilización de aquellos ya existentes que tengan suficiente capacidad técnica para celebrar los contratos contemplados en la presente Ley, siempre que no se altere su objeto.

Las sociedades anónimas y los fideicomisos constituidos en los términos del presente artículo, están habilitados para realizar oferta pública de sus valores negociables, de acuerdo con la Ley Nacional 26831



Provincia del Neuquén Artículo 9 Contratos de Asociación Pública y Privada
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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