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Constitución y organización de los partidos políticos Artículo 6 Provincia de Jujuy


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2024

Constitución y organización de los partidos políticos Jujuy
Artículo 6.

Dentro del territorio de la Provincia pueden actuar partidos políticos provinciales y partidos políticos municipales.

a) "Los partidos políticos provinciales se encuentran habilitados para postular cargos electivos para Gobernador y Vice-Gobernador, para integrar la Legislatura, elegir Intendentes Municipales, para integrar los cuerpos deliberativos de las Municipalidades de toda la Provincia y elegir Convencionales Municipales cuando correspondiera".

b) "Los Partidos Políticos municipales se encuentran habilitados para postular candidatos a Intendente Municipal, para integrar los Cuerpos Deliberativos Municipales y elegir convencionales municipales, donde obtuvieron el reconocimiento".

Provincia de Jujuy Artículo 6 Constitución y organización de los partidos políticos
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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


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