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Constitución Artículo 166 Provincia de Salta


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 20/07/2024

Constitución Salta
Artículo 166. ATRIBUCIONES Y DEBERES

Son sus atribuciones y deberes, las fijadas por la ley y especialmente: a) Promover la actuación de la justicia en defensa de la legalidad y de los intereses generales de la sociedad.

b) Intervenir en toda causa judicial en que esté interesado el orden público.

c) Velar por el respeto de los derechos, deberes, principios y garantías constitucionales, estando legitimado para demandar la inconstitucionalidadde toda ley, decreto, ordenanza, actos, contratos o resolución de cualquier autoridad pública provincial o municipal.

d) Velar por la buena marcha de la administración de justicia y controlar el cumplimiento de los plazos procesales, estando facultado para acusar a los miembros del Poder Judicial y del Ministerio Público ante quien corresponda.

e) Velar por el correcto cumplimiento de las leyes y garantías y de los derechos humanos en las cárceles y todo otro establecimiento de internación.

f) Accionar en defensa y protección del medio ambiente e intereses difusos.

g) Ejercer la acción penal en los delitos de acción pública.

Asimismo ejercita las acciones para hacer efectiva la responsabilidad penal en que hubieren incurrido en perjuicio de la Administración Pública.

h) Nombrar a sus empleados conforme a lo dispuesto en el Artículo 64 Inciso 2) de esta Constitución y removerlos. Los funcionarios letrados, son designados previo concurso público.

i) Proponer y administrar su propio presupuesto, enviándolo al Poder Ejecutivo para su remisión al Poder Legislativo a efecto de su consideración.

j) Tener iniciativa legislativa no exclusiva con respecto a la ley de organización del Ministerio Público, Códigos Procesales y demás leyes vinculadas a la administración de justicia y al ejercicio de sus funciones.

k) Integrar el Consejo de la Magistratura.



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ponga su auto a nombre de otra persona. Que la financiera inicie juicio y alli ud aregla por un porcentaje de jubilacion un plan de pago a una tasa razonable


Buen día tengo deuda con financiera de 200 mil pesos hace 4 meses soy jubilada de mínima y certificado de discapacidad está empresa me intima a pagar 700 mil art1574 cpccnn tango un auto vutejoto con logo que transporta a discapacitado y está es mi pregunta me lo pueden quitar , xq es el medio con que me trasladan. Gracias


Buenas tardes tengo deudas que superan los 22 millones de pesos actualmente gano un salario basico y las deudas tiene 743 dias 2 años se me notifico de un embargo pero no tengo bienes solo un salario basico a cuanto tiempo prescriben estas deudas sabiendoque son creditos de bancos y tarjetas de credito gracias.


Buenas tardes!!! Solicito información sobre recupero de la licencia anual 309 A por encontrarme en uso licencia 309 B2. Cuándo se realiza la solicitud de recupero? Gracias.


Buenas tardes. Gracias por informarnos. Hemos actualizado este código.


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