Constitución Artículo 154 Provincia de Mendoza
Constitución Mendoza
Artículo 154.
Para ser juez letrado en primera instancia, se requiere:
1 - Ciudadanía en ejercicio.
2 - Tener más de 25 años y menos de 70.
3 - Ser abogado con título universitario de facultad nacional, habiendo ejercido la profesión durante 5 años o algún cargo en la magistratura durante 2 años, para el que se requiere la calidad de abogado.
Provincia de Mendoza Artículo 154 Constitución
Mejores juristas





Tengo una ebarcacion del año 1980, nunca se dio el alta en arba . Me intiman para que lo haga. La he comprado hace 10 años . Y tengo la matricula que es el dominio registral. Ya tiene 20 años , debo hacerlo?
¡Hola!
Necesitas un préstamo? Soy un prestamista registrado y confiable, doy préstamos a personas que tienen dificultades financieras, personas que intentan pagar facturas escolares, personas que intentan comprar un automóvil o iniciar su propio negocio, contratistas y agencias gubernamentales. Para más información o formulario de solicitud de préstamo Contáctenos por correo electrónico: (thompson.loanservice@gmail.com) Administración. whatsapp: +27632656050
Póngase en contacto con el crédito Speedy ahora !!!
Si voy a conducir en la provincia de Córdoba un vehículo que no es mío y el propietario no viaja, pero la tarjeta verde no está vencida es necesario tener un permiso?
No encuentro el inciso i) del Artículo 5.3.2 que está citado en el Decreto 2/20 de CABA
Hola, me gustaría saber cual es el impuesto que debo cancelar si yo estoy importando utensilios de cocina de plástico, ya que no me queda claro en que parte de la ley puedo conocer ese monto.
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios