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Constitución Artículo 67 Provincia de Entre Ríos


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Constitución Entre Ríos
Artículo 67.

El Estado, mediante su legislación, promoverá el bienestar económico y social de la colectividad.

La organización de la riqueza y su explotación deben respetar los principios de la justicia social. El Estado desarrollará políticas con el objeto de:

a) Estimular la existencia de condiciones competitivas en los mercados y una equitativa distribución de la renta, promoviendo acciones tendientes a evitar que prácticas individuales o colectivas distorsionen o impidan la competencia o lesionen el bienestar general.

b) Alentar el desarrollo económico de la pequeña y mediana empresa, domiciliada y radicada en la Provincia, con asistencia técnica y financiera, fomentándolas crediticia e impositivamente, protegiendo la radicación de industrias en sus comunidades de origen, la comercialización sustentable de sus productos y promoviendo el fortalecimiento de sus entidades representativas.

c) Promover la desconcentración de los entes, organismos o empresas en todo el territorio de la Provincia.

Provincia de Entre Ríos Artículo 67 Constitución
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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