Constitución Artículo 215 Provincia del Chubut
Constitución Chubut
Artículo 215. FUNCIONES
Corresponde a la Fiscalía de Estado el control de legalidad de los actos administrativos del Estado y la defensa de su patrimonio. Es parte necesaria y legítima en todo proceso judi cial en que se controvierten intereses de la Provincia. Puede recurrir ante la jurisdicción que corresponda, de toda ley, decreto, contrato o resolución contrarios a esta Constitución o que en cualquier forma contrarien intereses patrimoniales del Estado. Dictamina en forma previa a toda contratación de profesionales del derecho por parte del Estado Provincial, incluyendo entidades descentralizadas o autárquicas y sociedades del Estado, fijando en su caso los alcances del contrato. La ley que determina los casos y las formas en que ha de ejercer sus funciones requiere para su aprobación el voto de los dos tercios del total de los miembros de la Legislatura.
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Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.
En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.
Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
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