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Comercialización de bienes de consumo a través del canal de venta directa por parte de revendedores Artículo 4 Provincia de Santa Fe


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2024

Comercialización de bienes de consumo a través del canal de venta directa por parte de revendedores independientes Santa Fe
Artículo 4. Derechos de revendedores independientes

Además de los derechos que .les confieran sus contratos y la ley, los revendedores independientes tienen derecho a:

a) Formular preguntas, consultas y solicitudes de aclaración a las empresas de venta directa, las cuales deberán contestarlas de manera precisa, antes, durante y después de su vinculación con el revendedor independiente. Éstas deberán versar sobre los productos vendidos, o sobre el contenido, alcance y sentido de cualquiera de las cláusulas de los contratos que los vinculen con ellos, incluyendo toda información relevante relativa a las compensaciones o recompensas u otras ventajas de cualquier índole previstas en los contratos, y sobre los objetivos concretos cuyo logro daré derecho a los correspondientes beneficios. Las respuestas a las preguntas, consultas o solicitudes de aclaración de que trata lo expuesto precedentemente, deberán ser remitidas a la dirección, correo electrónico u otros medios que suministren los revendedores independientes que las formulen, dentro de los plazos previstos en las normas vigentes para las peticiones de información;

b) Recibir oportunamente de las empresas de venta directa, las compensaciones o beneficios a las que tengan derecho en razón de la actividad y del contrato suscripto, incluyendo las que queden pendientes de pago una vez finalizado el vínculo entre las partes;

c) Conocer, desde antes de la vinculación, los términos del contrato que regirá la relación con las empresas de venta directa, independientemente de la denominación que el mismo tenga;

d) Recibir información precisa de las características de los bienes promocionados y del alcance de las garantías que corresponden a dichos bienes;

e) Finalizar la relación comercial con las empresas de venta directa, en cualquier momento y de manera unilateral, mediante un escrito dirigido a las mismas;

f) Suscribirse como revendedor independiente a una o más empresas de venta directa;

g) Recibir dé manera clara y precisa una explicación acerca de los beneficios a que se tiene derecho por la inscripción como revendedor independiente de una empresa de venta directa, de modo que no se induzca a confusión alguna;

h) Recibir de la respectiva empresa de venta directa, información suficiente y satisfactoria sobre las condiciones comerciales y la naturaleza jurídica del negocio al que se vincula como revendedor independiente, y sobre las obligaciones que el revendedor independiente adquiere al vincularse al negocio, al igual que sobre la forma operativa del negocio, sedes y oficinas de apoyo a las que puede acceder en desarrollo del mismo;

i) Recibir de manera oportuna e integral en cantidad y calidad, los bienes de consumo ofrecidos por las empresas de venta directa con las cuales se vincule, de acuerdo a las condiciones comerciales establecidas; y j) No están obligados a la compra o adquisición de un inventario mínimo, superior al pactado entre las partes.

Provincia de Santa Fe Artículo 4 Comercialización de bienes de consumo a través del canal de venta directa por parte de revendedores independientes
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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


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