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Colegio Profesional de Higiene y Seguridad en el Trabajo Artículo 18 Provincia de Misiones


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Colegio Profesional de Higiene y Seguridad en el Trabajo Misiones
Artículo 18.

El patrimonio del Colegio se integra con los siguientes recursos, sin perjuicio de todo otro ingreso que surja del desempeño de su actividad normal, o del manejo de su patrimonio:

1) percepción del derecho único de inscripción o reinscripción de la matrícula;

2) percepción del derecho anual del ejercicio profesional, tasas por visado y certificaciones de firma de los matriculados;

3) el importe de las multas aplicadas por el Tribunal de Ética y Disciplina por transgresiones a la presente Ley, reglamentación, normas complementarias y disposiciones o resoluciones válidas que se dictaren por los órganos constitutivos del Colegio en las esferas de sus atribuciones;

4) los ingresos que perciba por servicios prestados, con arreglo a las facultades que le otorga esta Ley;

5) las rentas que produzcan sus bienes, así como el importe de sus eventuales enajenaciones;

6) donaciones, subsidios y legados;

7) empréstitos;

8) otros ingresos provenientes de actividades realizadas en cumplimiento de los objetivos de la presente Ley

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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