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Código Tributario Artículo 155 Provincia de Tucumán


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Código Tributario Tucumán
Artículo 155. La Sentencia del Tribunal

La sentencia del Tribunal se dictará por mayoría absoluta de votos, deberá ser fundada y no podrá omitir pronunciamiento sobre las cuestiones esenciales introducidas por las partes.

Cuando la mayoría coincidiera en la resolución de la causa y en sus fundamentos, la sentencia podrá redactarse en forma impersonal, sin dejar constancia escrita de los votos, debiendo el disidente expresar por escrito su discrepancia y sus fundamentos. Las sentencias se redactarán en doble ejemplar y deberán llevar las firmas de los miembros del Tribunal y del secretario.

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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