Código Procesal Penal Artículo 1 Provincia de Catamarca
Código Procesal Penal Catamarca
Artículo 1. Garantías Constitucionales
Nadie podrá ser penado sino en virtud de un proceso previamente tramitado con arreglo a este Código, ni juzgado por otros jueces que los designados de acuerdo con la Constitución de la Provincia y competentes según sus leyes reglamentarias, ni considerado culpable mientras una sentencia firme no lo declare tal, ni perseguido penalmente más de una vez por el mismo hecho.
Provincia de Catamarca Artículo 1 Código Procesal Penal
Mejores juristas
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Estudio Palomba Pirrotta Salviati
Orlando Fernández
GONZALO GABRIEL GODAS
Portugal Marcelo Fabián
Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.
En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.
Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
Leer de nuevo
Código Procesal Penal Catamarca Artículo 153. Formas de Actuación Código Procesal Penal Catamarca Artículo 19. Ejercicio posterior Código Procesal Penal Catamarca Artículo 21. Procedimiento ulterior Código Procesal Penal Catamarca Artículo 18. Oportunidad Estatuto del Docente Chaco Artículo 201.Recomendados
Código Procesal Penal Catamarca Artículo 194. Interposición y prueba Código de Procedimiento Penal y Correccional Neuquén Artículo 15. Ley de responsabilidad en el ejercicio de la función pública Mendoza Artículo 32. SUJETOS OBLIGADOS/AS Código Procesal Penal Catamarca Artículo 102. Trámite Constitución Catamarca Artículo 18.Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios