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Código Procesal de Familia Artículo 302 Provincia de Tucumán


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Código Procesal de Familia Tucumán
Artículo 302.

REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD: No se dará curso a las excepciones si:

1. La de litispendencia no fuere acompañada de la copia certificada del escrito de demanda del juicio pendiente.

2. La de cosa juzgada no se presentará con copia certificada de la sentencia respectiva.

3. Las de desistimiento del derecho, transacción, conciliación y cualquier otro medio de resolución consensuada del conflicto no fueran acompañadas de los instrumentos o copias certificadas que las acreditaren.

En los supuestos antes indicados podrá suplirse la presentación de la copia certificada si se solicitare la remisión del expediente con indicación del juzgado donde tramita.

Provincia de Tucumán Artículo 302 Código Procesal de Familia
Artículo 1 ...300 301 302 303 304 ...384

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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