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Código Procesal Civil y Comercial Artículo 127 Provincia de Tucumán


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 09/12/2025

Código Procesal Civil y Comercial Tucumán
Artículo 127. USO DE TÉRMINOS INADECUADOS. ANOTACIONES EN EL EXPEDIENTE

En sus escritos las partes se abstendrán de usar términos ofensivos, inconvenientes o que excedan las necesidades de su defensa.

Fuera de las sanciones que para el caso correspondieran, los jueces podrán ordenar la testadura de las palabras ofensivas o inconvenientes, o su devolución sin más trámite.

En estos casos, se reservará en secretaría una copia auténtica del mismo y se pondrá en autos copia de su petitorio, el cual surtirá efecto y será proveído como corresponda.

Podrá solicitarse la reiteración de oficios o exhortos, desglose de poderes o documentos, agregación de pruebas, entrega de edictos y, en general, que se dicten providencias de mero trámite, mediante simple anotación en el expediente, firmada por el solicitante.



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Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).


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consulte y despeje sus dudas.




Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.


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Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.


esto esta desactualizado faltan las modificaciones de la ley 15232 ''ley de victimas''


Buenas noches el administrador de un consorcio falleció y tras su muerte se descubrio fraude y malversacion de fondos. A que organismo oficial se le puede pedir una asesoría ,ya que la nueva administración argumenta que es responsabilidad del consorcio y quisiera saber si es así?

Muchas gracias y espero su espuesta.


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