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Codigo Procesal Civil, Comercial y Mineria Artículo 613 Provincia de San Juan


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Codigo Procesal Civil, Comercial y Mineria San Juan
Artículo 613.

Restitución provisoria: Se puede solicitar la restitución provisoria del inmueble en cualquier estado del proceso posterior a la contestación de la demanda o del vencimiento del plazo para hacerlo:

1) Si el bien ha sido abandonado.

2) Si la acción se dirige contra el tenedor precario o intruso.

3) Si la acción se dirige contra el inquilino con contrato vencido o incurso en causal de desalojo por falta de pago en los términos de la ley de locaciones.

La entrega sólo puede ordenarse si el derecho es verosímil y el actor pueda sufrir perjuicios en caso contrario. Se debe prestar caución suficiente, personal o real, que debe ser fijada por el juez en atención a las circunstancias del caso, por los ventuales daños y perjuicios que el demandado sufra por la indebida devolución anticipada.

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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