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Código Procesal Civil y Comercial Artículo 245 Provincia de La Rioja


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código Procesal Civil y Comercial La Rioja
Artículo 245. Autos

Son las resoluciones por las que se decide cualquier cuestión dentro del proceso, con excepción de los que resuelven sobre el fondo del juicio y de las indicadas en el artículo anterior. Deberán contener, además de los requisitos expresados en dicho artículo, los siguientes: 1) Fundamentos del pronunciamiento expuestos en forma breve, sencilla y clara, debiendo siempre citarse las normas legales en que se basa. 2) Decisión expresa y precisa sobre los puntos cuestionados. 3) Pronunciamiento sobre las costas y honorarios. Deberán ser dictados en los plazos fijados por este Código, y a falta de ellos, dentro de cinco días de quedar en estado. Deberán ser firmados por el tribunal, no siendo necesario la firma del secretario.



Provincia de La Rioja Artículo 245 Código Procesal Civil y Comercial
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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