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Código Procesal Civil y Comercial Artículo 172 Provincia de La Rioja


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código Procesal Civil y Comercial La Rioja
Artículo 172. Efectos de la notificación

La notificación de la demanda limitará en forma definitiva las pretensiones del actor sobre los hechos expuestos en ella, como sobre los medios de prueba de que intentare valerse en adelante, salvo lo dispuesto por el Artículo 175. Se admitirán, sin embargo, documentos de fecha posterior, hasta la oportunidad de la vista de la causa. En este caso se dará traslado a la parte contraria por el término que estableciere el tribunal, resolviéndose sin más sustanciación.



Provincia de La Rioja Artículo 172 Código Procesal Civil y Comercial
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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