Código Fiscal Artículo 26 Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
Código Fiscal Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
Artículo 26. FUNCIONES DE LA ADMINISTRACIÓN FISCA
La Agencia de Recaudación Fueguina será la encargada de la aplicación del presente Código y las facultades y poderes atribuidos, por este Código, leyes fiscales especiales y normas reglamentarias serán ejercidos por el Director de la Agencia, sin perjuicio de la delegación de facultades y de las facultades que la Constitución Provincial y las leyes atribuyan a otros órganos del Estado.
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Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.
En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.
Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
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Código Fiscal Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur Artículo 30. INCOMPATIBILIDADES Código Fiscal Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur Artículo 25. DENOMINACIÓN. REMISIÓN Código Fiscal Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur Artículo 132. DE LA REPRESENTACIÓN EJERCIDA POR LA ADMINISTRACIÓN Código Fiscal Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur Artículo 20. DOMICILIO POSTAL Código Fiscal Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur Artículo 96.Publique la información de sí mismo
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