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Código Fiscal Artículo 246 Provincia de Santa Fe


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 22/04/2026

Código Fiscal Santa Fe
Artículo 246. Estampillas Profesionales

Las estampillas de los profesionales, serán adheridas en cada escrito o inutilizadas en igual forma, conjuntamente con el sellado de actuación.

La de los escribanos de Registro, conjuntamente y en el momento de abonarse en el "Corresponde" los respectivos impuestos, acto, servicio o contrato que autoricen.



Provincia de Santa Fe Artículo 246 Código Fiscal LEY 3.456 20 de Enero de 1998
Artículo 1 ...244 245 246 247 248 ...281

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ley uno dirige a la ley 2 la 2 a la 3, no pueden ser específicos o no les alcanza para unas plumas?


Hasta donde yo se no se suprimio el articulo en la ley nacional, pero cada provincia al receptarla puede decidir si receptar ese articulo o no.


Cuales serian multas leves y cuales graves??? esta escrito en alguna ley???


buenas, puede decirme si se suprimio dentro del articulo 77, de la ley 24.449 de transito, "el margen de tolerancia técnico del 10% en radares" y si se puede pedir la nulidad de la multa en ese caso?


Buenas tardes, puedo aplicar el inc. h) a costas por su orden?


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