Código Fiscal Artículo 281 Provincia de Salta
Código Fiscal Salta
Artículo 281. Pago del Sellado en primer foja en documento privado
En los actos, contratos y obligaciones instrumentadas privadamente y que tengan más de una hoja, el pago del impuesto correspondiente a su valor económico deberá constar en la primera, debiendo ser habilitadas las restantes con el gravamen que establezca la ley impositiva.
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Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.
En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.
Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
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Código Fiscal Salta Artículo 282. Contratos en varios ejemplares Código Fiscal Salta Artículo 296. Forma y Plazos de Pago Código Fiscal Salta Artículo 372. Código Fiscal Salta Artículo 285. Responsabilidad del Escribano Código Fiscal Salta Artículo 49. Extinción de la Multa por muerte de InfractorPublique la información de sí mismo
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