Código Electoral Artículo 193 Provincia de Córdoba
Código Electoral Córdoba
Artículo 193. Modo de Contratación. Límite
EL Juzgado Electoral como mínimo sesenta (60) días antes del inicio de la campaña electoral, determinará la cantidad de minutos diarios que se podrán ocupar con publicidad y propaganda electoral en los medios electrónicos de comunicación públicos y privados, provinciales y locales, el que no podrá superar el noventa por ciento (90%) del total de espacio publicitario ocupado o utilizado por la propaganda electoral en la campaña del año 2007.
De la totalidad de los espacios publicitarios fijados, el Juzgado Electoral, contratará el cincuenta por ciento (50%) y los distribuirá entre todos los partidos, alianzas y confederaciones políticas que participen de la elección conforme lo establecido en el artículo 191 de la presente Ley y por sorteo.
Provincia de Córdoba Artículo 193 Código Electoral provincial
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Hola buenas tardes. Qué pasa cuando se cortó el gas en todo el edificio y la Administración informa de modo incompleto qué arreglos deben hacer los departamentos, y al volver Metrogas a hacer la revisión queden clausurados porque no sabían qué debían arreglar? QUién es responsable alli?
me pueden explicar que la accion de amparo y habeas corpus
Si el cuidado es personal compartido , recursos ampliamente desiguales de los progenitores y cuota alimentaria infima. Considero que existiria violencia de genero económica, al aprovecharse el padre de su holgada situación económica y ejercer poder y control respecto a los alimentos , aprovechandose de la situación inferior en la que está inmersa la madre no teniendo recursos suficientes para solventar ni siquiera los gastos básicos de su hija menor. Recordemos gozar del mismo nivel de vida en ambos hogares ( art. 666 CCN). Desde mi óptica, se tendria que aumentar la cuota alimentaria en un monto dinerario y no compensandola en especie, como solicita el progenitor.
Que sucede con el excedente por encima del monto mencionado en el Articula 245 para empleados que NO OCUPEN POSICIONES DE DIRECCION? Ese excedente es gravado para Directores y Exento para empleados que NO tengan esa posicion /categoria en la empresa?
Si, se pueden reclamar las diferencias indemnizatorias, diferencias de salarios y el despido discriminatorio.
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