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Código de Procedimientos Mineros Artículo 112 Provincia de Salta


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 12/01/2026

Código de Procedimientos Mineros Salta
Artículo 112.

Cuando el titular de una concesión minera quiera ejercer el derecho del artículo 156 del Código de Minería, deberá presentarse ante la Autoridad Minera demandando la expropiación del terreno respectivo. Cuando los terrenos pertenezcan a particulares, se observará el procedimiento establecido en el Título XI de este Código. Se dará intervención al Registro Catastral para el informe y toma de razón correspondiente.

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Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.


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En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.


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Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).


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Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.


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Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.


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