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Código de Faltas del Tránsito Artículo 17 Provincia de Santa Fe


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 09/12/2025

Código de Faltas del Tránsito Santa Fe
Artículo 17. Concurso de Faltas

Cuando concurren varios hechos contravencionales independientes reprimidos con una misma especie de sanción, el mínimo aplicable es el mínimo mayor, y el máximo es la suma de los máximos acumulados. Ese máximo no puede exceder los topes previstos en el artículo referido a la extensión de las sanciones.

Cuando las sanciones son de distinta especie se aplica la más grave. A tal efecto, la gravedad relativa de las sanciones de diferente naturaleza se determina por el orden de enumeración del artículo 24, debiendo en tal sentido entenderse que las mismas se hallan allí enunciadas de menor a mayor.

Las sanciones establecidas como accesorias se aplican sin sujeción a lo dispuesto en los párrafos precedentes.

Cuando un hecho recae bajo más de una sanción contravencional, se aplica solamente la mayor.

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Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).


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Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.


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Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.


esto esta desactualizado faltan las modificaciones de la ley 15232 ''ley de victimas''


Buenas noches el administrador de un consorcio falleció y tras su muerte se descubrio fraude y malversacion de fondos. A que organismo oficial se le puede pedir una asesoría ,ya que la nueva administración argumenta que es responsabilidad del consorcio y quisiera saber si es así?

Muchas gracias y espero su espuesta.


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