Código de Faltas Artículo 63 Provincia de Corrientes
Código de Faltas Corrientes
Artículo 63. OBSTRUCCION DE SEÑALES VIALES O DE INTERES PUBLICO
Serán sancionados con multa equivalente a cincuenta Unidades de Multa (50 UM) o arresto hasta quince (15) días, los que removieren, hicieren ilegible, obstaculizaren o tergiversaren el significado de cualquier tipo de señal vial que hubiese colocado o mandado fijar una autoridad pública o los que colocaren una de dichas señales que sea falsa.
Provincia de Corrientes Artículo 63 Código de Faltas
Mejores juristas
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Estudio Palomba Pirrotta Salviati
Orlando Fernández
GONZALO GABRIEL GODAS
Portugal Marcelo Fabián
Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.
En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.
Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
Leer de nuevo
Constitución Salta Artículo 128. CAMARA DE ORIGEN Código de Faltas Corrientes Artículo 41. ACTOS CONTRARIOS A LA DECENCIA PÚBLICA Código de Faltas Corrientes Artículo 6. CAUSAS DE INIMPUTABILIDAD Y JUSTIFICACION Constitución Formosa Artículo 219. Ley de empleo Artículo 2.Recomendados
Código de Faltas Corrientes Artículo 61. AGRAVANTES Código de Faltas Corrientes Artículo 31. DECOMISO Código de Faltas Corrientes Artículo 67. NEGATIVA U OMISION DE IDENTIFICARSE INFORME FALSO Código de Faltas Corrientes Artículo 60. VEHICULO MAL ESTACIONADO - INOBSERVANCIA DE LAS NORMAS DE SEGURIDAD VIAL Código de Faltas Corrientes Artículo 66. INOBSERVANCIA DE MEDIDAS DE SEGURIDAD DICTADAS POR AUTORIDAD COMPETENTEPublique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios