CCCN Artículo 711 Nacional
Código Civil y Comercial Nacional
Artículo 711. Testigos
Los parientes y allegados a las partes pueden ser ofrecidos como testigos.
Sin embargo, según las circunstancias, el juez está facultado para no admitir la declaración de personas menores de edad, o de los parientes que se niegan a prestar declaración por motivos fundados.
Nacional Artículo 711 CCC
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