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CCCN Artículo 2643 Nacional


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 10/12/2024

Código Civil y Comercial Nacional
Artículo 2643. Jurisdicción

Son competentes para entender en la sucesión por causa de muerte, los jueces del último domicilio del causante o los del lugar de situación de los bienes inmuebles en el país respecto de éstos.



Nacional Artículo 2643 CCC
Artículo 1 ...2641 2642 2643 2644 2645 ...2672

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Los comentarios de los usuarios

Este art. Vale entre distintas provincias? Por ejemplo vivió y fallecio en 1 pcia y los bienes se encuentran en otra

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