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CCCN Artículo 2560 Nacional


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Código Civil y Comercial Nacional
Artículo 2560. Plazo genérico

El plazo de la prescripción es de cinco años, excepto que esté previsto uno diferente en la legislación local.



Nacional Artículo 2560 CCC
Artículo 1 ...2558 2559 2560 2561 2562 ...2672

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Los comentarios de los usuarios

Buenos dias, necesito retirar el analítico de mi hijo que termino la secundaria en 2015, pero tengo deuda con la institución, la misma se encuentra en Pcia. de Bs. As. (Pdo. San Martin) la pregunta es tienen derecho a la retencion del mismo? la deuda prescribe?. desde ya muchas gracias.

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