CCCN Artículo 2560 Nacional
Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024
Código Civil y Comercial Nacional
Artículo 2560. Plazo genérico
El plazo de la prescripción es de cinco años, excepto que esté previsto uno diferente en la legislación local.
Nacional Artículo 2560 CCC
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Los comentarios de los usuarios
Invitado
10/02/22 12:20:04
Buenos dias, necesito retirar el analítico de mi hijo que termino la secundaria en 2015, pero tengo deuda con la institución, la misma se encuentra en Pcia. de Bs. As. (Pdo. San Martin) la pregunta es tienen derecho a la retencion del mismo? la deuda prescribe?. desde ya muchas gracias.
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