Imprimir

CCCN Artículo 17 Nacional


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 12/03/2024

Código Civil y Comercial Nacional
Artículo 17. Derechos sobre el cuerpo humano

Los derechos sobre el cuerpo humano o sus partes no tienen un valor comercial, sino afectivo, terapéutico, científico, humanitario o social y sólo pueden ser disponibles por su titular siempre que se respete alguno de esos valores y según lo dispongan las leyes especiales.



Nacional Artículo 17 CCC
Artículo 1 ...15 16 17 18 19 ...2672

Ver el artículo
Los comentarios de los usuarios

Terrible esto . O sea a quien le pertenece mi cuerpo y el de mis hijos ? Que se hace para eliminar esto ?

0   0

Qué horror este artículo. Es decir que tu cuerpo puede ser objeto de experimento, como con las vacunas. Fueron preparando el marco legal con las reformas de los códigos civil y penal para llevar va cabo esta "plandemia"

0   0

quien es el titular de un cuerpo ?

0   0

entonces yo ya no tengo derecho sobre mi cuerpo ?

0   0



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse