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Código arancelario para abogados y procuradores Artículo 86 Provincia de Córdoba


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código arancelario para abogados y procuradores Córdoba
Artículo 86. Comunicació

LOS exhortos y oficios, aun cuando se tramiten directamente sin intervención de los Tribunales, son remunerados con los siguientes honorarios:

1) Por la inscripción de dominio y otros derechos reales, el dos por ciento (2%) del valor de los bienes;

2) Por la inscripción de hipotecas, medidas precautorias y demás gravámenes, el veinte por ciento (20%) de la escala del artículo 36 de esta Ley sobre el monto de las mismas. Por la cancelación el diez por ciento (10%) de dicha escala;

3) Por diligencias probatorias y otros actos no previstos en esta Ley, entre el diez por ciento (10%) y el veinte por ciento (20%) de la escala del artículo 36 de este Código;

4) Por las notificaciones, citaciones, emplazamientos y medidas de simple trámite en general, entre dos (2) y cinco (5) Jus, y 5) Cuando se trate de remates de bienes muebles o inmuebles, del cuatro por ciento (4%) al seis por ciento (6%) del crédito reclamado. Igual criterio se adoptará si la subasta fracasa.

En los exhortos se exigirá como recaudo la información del Tribunal de origen sobre el valor del juicio. En ningún caso, la regulación será inferior a dos (2) Jus.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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