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Código arancelario para abogados y procuradores Artículo 60 Provincia de Córdoba


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código arancelario para abogados y procuradores Córdoba
Artículo 60. Peritajes y manifestaciones de bienes

LOS honorarios del perito inventariador, valuador o partidor, que debe ser abogado o procurador de la matrícula, se regularán de la siguiente forma:

1) Para las operaciones de inventario y avalúo en conjunto, de treinta (30) a cincuenta (50) Jus, aplicando las reglas del artículo 39 de esta Ley, en cuanto sean compatibles. En ningún caso podrá superar el uno por ciento (1%) del valor de los bienes;

2) Para la operación de partición y adjudicación de los bienes se regulará el uno por ciento (1%) sobre el valor del activo a partir, y 3) Si en el juicio se formulase manifestación, estimación y adjudicación de bienes, se regulará el dos por ciento (2%) del activo a partir, no deducible de cualquier otra regulación que correspondiera.

En caso de que las valuaciones fuesen inferiores a las que correspondan a la base imponible a los fines del Impuesto Inmobiliario Provincial, la regulación deberá practicarse sobre ésta.

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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