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Código arancelario para abogados y procuradores Artículo 17 Provincia de Córdoba


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código arancelario para abogados y procuradores Córdoba
Artículo 17. Recaudos para dar por terminado el proceso

EN los expedientes sólo se podrá disponer su archivo, homologar transacción, admitir desistimiento, subrogación o cesión, dar por cumplida la sentencia, ordenar el levantamiento de medidas cautelares o hacer entrega de fondos o valores depositados o de cualquier otro documento, previa vista a los abogados y peritos intervinientes en el pleito, cuyos honorarios no resulten de autos haber sido pagados o con la conformidad de éstos prestada debidamente por escrito.

La vista deberá correrse personalmente o por cédula que se diligenciará en el domicilio constituido por el profesional en el expediente y en el que tuviere registrado en la matrícula. Vencido el plazo sin que la vista haya sido evacuada se continuará con la prosecución de las actuaciones sin más trámite.

En todos los casos de terminación del proceso por voluntad concurrente de las partes, los profesionales que no hubieran intervenido en la transacción, deberán ser notificados a los fines previstos en el presente artículo.

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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