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Código Aduanero Artículo 654 Nacional


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2025

Código Aduanero Nacional
Artículo 654.

Los ajustes de que trata el inciso b) del artículo 653 se refieren principalmente a los gastos de transporte y a los demás mencionados en el inciso b), del artículo 643 y en el artículo 644; así como a los descuentos y otras reducciones de precios concedidos a los representantes exclusivos o concesionarios únicos, a los descuentos anormales o a cualquier otra reducción del precio usual de competencia.

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Si tardo un año en presentarme al tribunal de faltas para recibir la sentencia. Es un agravante? Puede aumentar el plazo de inhabilitación?


El plazo para contabilizar la reincidencia se cuenta desde la infracción, verdad? Y NO desde la sanción. Por favor confirmar


Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas


Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias


buenas tardes doctor/a le consulto por consejo de propietarios de provincia, el administrador no presenta resumen bancario con las expensas pues las mismas realmente estan dibujadas, como consejo que atribuciones tenemos actualmente con el nuevo codigo civil?


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