Cesión jurisdicción ambiental sobre las tierras ubicadas en Pedanía Guasapampa Artículo 2
Cesión jurisdicción ambiental sobre las tierras ubicadas en Pedanía Guasapampa
Artículo 2.
En cumplimiento de lo establecido en la ley de la provincia de Córdoba 10.481 y una vez reunidos los requisitos previstos por la ley nacional 22.351 -Régimen Legal de los Parques Nacionales, Monumentos Naturales y Reservas Nacionales- créase el Parque Nacional Traslasierra, bajo los términos de dicha ley, el que estará conformado por las tierras referidas en el artículo 1° de la presente, que representan una superficie aproximada de ciento cinco mil trescientos ochenta y seis hectáreas - cinco mil setecientos treinta y siete metros cuadrados (105.386 has, 5.737 m²).
Artículo 2 Cesión jurisdicción ambiental efectuada por la provincia de Córdoba a favor del Estado nacional sobre las tierras ubicadas en Pedanía Guasapampa. Creación del Parque Nacional Traslasierra
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Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.
En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.
Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
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