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Carta Orgánica del Municipio San Lorenzo Artículo 10 Provincia de Salta


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 03/11/2024

Carta Orgánica del Municipio San Lorenzo Salta
Artículo 10.

Son deberes y atribuciones:

1) Ejercer el gobierno municipal defendiendo los intereses locales, asegurando el bien común y promoviendo el pleno desarrollo.

2) Celebrar convenios interjurisdiccionales, con Municipios y Provincias, que tengan por fin desarrollar actividades de interés cultural, social, turístico, ambiental y económico para la comunidad.

3) El Municipio garantiza el funcionamiento de los servicios públicos de competencia municipal en forma continua, justa, igualitaria y eficiente.

4) Promover el servicio de transporte público de pasajeros, la conectividad directa y frecuencia entre las diferentes zonas del ejido municipal.

5) Asegurar la recolección y tratamiento final de residuos, la limpieza e higiene en general en el ejido municipal, adoptando sistemas eficaces tendientes a preservar el medio ambiente.

6) Impulsar y promover las actividades físicas, recreativas y deportivas de la población.

7) Promover y fomentar el desarrollo de las artes y oficios, artesanías y otras actividades, exaltando los valores locales.

8) Crear y fomentar escuelas de artes y oficios e implementar otras políticas eficaces generadoras de empleo.

9) El Municipio reconoce que el ejercicio de la práctica deportiva en sus diversas formas es un medio apropiado para el desarrollo integral de las personas sin distinción de género, aptitudes o capacidades, como elemento de inclusión, participación y recreación, de la misma manera que como instrumento formativo y de protección de la salud.

10) Asegurar el funcionamiento de entidades deportivas y culturales que desarrollen actividades sin fines de lucro.

11) Crear delegaciones Municipales en las concentraciones poblacionales distantes.

12) Modernizar el sistema administrativo municipal mediante la incorporación de tecnología eficaz para facilitar la atención a los contribuyentes.

13) Mantener la información pública municipal en resguardo.

14) El Municipio reconoce y apoya a los archivos documentales, museos y bibliotecas en su carácter de custodios y promotores del patrimonio y los bienes culturales de la sociedad.

15) Elaborar y mantener actualizado un digesto normativo municipal. 16) Crear y poner en funcionamiento el Boletín Oficial Municipal. 17) Dictar los códigos que sean necesarios para la concreción de los objetivos instituidos en esta Carta Orgánica.

18) Reglamentar en materia de ruidos molestos y del uso de pirotecnia.

19) Reglamentar la tenencia de animales y sancionar todo acto de crueldad animal.

20) Implementar y fomentar políticas de seguridad vial.

21) Regular y diagramar el tránsito en las zonas urbanas municipales.

22) Instrumentar medios de prevención del alcoholismo y la drogadicción.

23) Instituir y reglamentar el funcionamiento de la oficina química, bromatológica y veterinaria municipal.

24) Brindar a las personas con discapacidad, la asistencia social apropiada en el ámbito de su competencia, asegurándoles el disfrute de los derechos que le corresponde como miembros plenos de la comunidad y eliminando las barreras arquitectónicas que dificultan su desplazamiento.

25) Fomentar la actividad turística.

26) Preservar el medio ambiente y recomponer los ecosistemas dañados.

27) Promover la preservación, conservación y mejora del suelo, el agua, el aire, la flora y la fauna que contribuyen al equilibrio del ecosistema, impulsando políticas de reforestación con especies autóctonas.

28) Fomentar conductas tendientes a la preservación y cuidado del medio ambiente.

29) Proveer a la creación y conservación de las reservas, bosques, áreas protegidas y parques naturales, asegurando la protección de las especies vegetales y animales autóctonas.

30) Fomentar el desarrollo y utilización de energías renovables aptas para la prestación de servicios.

31) Garantizar y reglamentar el acceso y uso de los espacios públicos, en especial las costas y cursos de aguas naturales que se encuentren dentro del ejido municipal.

32) Gestionar, a través de la autoridad provincial competente, la regularización dominial urbana dentro del ejido municipal.

33) Adoptar medidas tendientes a prevenir y asistir a los vecinos de la comunidad en ocasión de catástrofe, asegurándoles los servicios de defensa civil.

34) Contribuir con el sostenimiento de organismos de defensa civil. Las atribuciones y deberes enunciados anteriormente no son taxativos.

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Buenos días, que significa esto: cambio de estado de expediented

Llamamiento de autos a sentencia - art 483 cpccn

Y movimiento en letra? Gracias


Buen dÍa. Me retuvieron el auto en florencio varela por circular con RTO y no con VTV. Estám su derecho de hacer eso?


Mal llamada "rendición de cuentas". Esta es por proceso judicial. Lo que hace el administrador es un informe de su gestión. A las cosas, por su nombre. Es más fácil así. Me parece.


Buenas, soy perito de oficio. Es posible que en la sentencia descuenten en el honorarios, el adelanto de gastos solicitados.


La junta médica me da el alta teniendo estudios medicos que corroboran mi condición médica. Discopatias cervicales y lumbares. Que debo hacer?


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