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Carta Orgánica del Municipio La Merced Artículo 33 Provincia de Salta


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Carta Orgánica del Municipio La Merced Salta
Artículo 33.

Son funciones, atribuciones y finalidades inherentes a la competencia del Gobierno Municipal:

1) Gobernar y administrar los intereses públicos y locales dirigidos al bien común. Como así también administrar y disponer de manera adecuada de los bienes que integran el patrimonio municipal.

2) Ejercer los derechos y competencias propios de la Autonomía Municipal.

3) Juzgar políticamente a las autoridades y funcionarios municipales.

4) Velar por la vigencia de los derechos establecidos por la Constitución Nacional, Provincial, Tratados Internacionales y esta Carta Orgánica.

5) Crear, determinar y percibir los recursos económicos y financieros, sancionar presupuestos y realizar la inversión de recursos y control de los mismos.

6) Promover políticas de concertación desde su jurisdicción con otras jurisdicciones con la finalidad de satisfacer intereses comunes así como establecer relaciones intergubernamentales e interjurisdiccionales mediante acuerdos y convenios.

7) Realizar obras y prestar servicios públicos por sí o por intermedio de terceros tendientes a mejorar la calidad de vida de los vecinos, atendiendo sus prioridades.

8) Disponer y fomentar políticas de apoyo y difusión de valores culturales nacionales y regionales con el objeto de profundizar nuestra identidad.

9) Conservar y defender el patrimonio histórico, artístico y cultural tangible e intangible.

10) Promover y ejecutar políticas y programas inherentes a la educación, cultura, turismo, ciencia, tecnología, actividades deportivas, recreativas y artísticas, todas tendientes al desarrollo humano.

11) Regular el procedimiento administrativo y el régimen de faltas.

12) Planificar el ordenamiento territorial de su jurisdicción regulando el desarrollo urbano, suburbano, rural y áreas complementarias.

13) Atender las siguientes materias: salud integral, higiene, salubridad y moralidad pública, promoviendo políticas diferenciales establecidas en esta Carta Orgánica, en el ámbito de su competencia.

14) Proveer de la infraestructura, los espacios, edificaciones y realizar el mantenimiento en lo que respecta a edificios de patrimonio municipal, calles, espacios verdes, arbolado urbano, nomenclatura, organización vial, transporte urbano garantizando la accesibilidad y uso de calles, el control de la construcción, la protección del ambiente, el paisaje natural y urbano en equilibrio con los otros usos.

15) Creación y fomento de instituciones que contribuyan con la educación, la cultura, el turismo, la participación ciudadana, comunitaria y de organizaciones intermedias.

16) Propiciar, a través de gestiones municipales, el establecimiento de entidades que garantizan servicios a la comunidad, tales como: previsión social, asistencia social, bancos, correos, servicios de comunicación, transporte, entre otros.

17) Propiciar el transporte público de pasajeros y promover su uso en el ámbito de su competencia.

18) Establecer e instar restricciones y servidumbres, calificar los casos de expropiación por utilidad pública con arreglo a las leyes que regulan la materia.

19) Ejercer las funciones encomendadas por el Gobierno Nacional y Provincial en forma expeditiva teniendo como fin el bien social.

20) Dictar, actualizar, aplicar e implementar los códigos que se consideren necesarios.

21) El Municipio promoverá especialmente la conservación y enriquecimiento del patrimonio cultural, la capacitación laboral y el empleo, los derechos ambientales, la equidad, la solidaridad e igualdad, la capacitación técnica de sus funcionarios y el desarrollo económico local.

22) Regular y promover la tenencia responsable de animales, sancionando todo acto de crueldad.

23) Promover la actividad científica y tecnológica en sus aspectos productivos, académicos y de investigación como así también el desarrollo de las artes y oficios exaltando los valores locales.

Provincia de Salta Artículo 33 Carta Orgánica del Municipio La Merced
Artículo 1 ...31 32 33 34 35 ...191

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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