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Carta Orgánica del Municipio La Merced Artículo 165 Provincia de Salta


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Carta Orgánica del Municipio La Merced Salta
Artículo 165.

El Municipio en reconocimiento del derecho de acceso a la vivienda consagrado en la Constitución Provincial, desarrollará las siguientes acciones:

1) Podrá adherir y colaborar dentro de la jurisdicción a toda política pública que atienda la solución del déficit habitacional a través de los organismos nacionales y provinciales pertinentes, que tiendan al acceso a vivienda, terrenos, núcleos húmedos, mejoras, módulos para discapacitados y demás planes.

2) Promocionar y facilitar la aplicación de toda otra política tendiente a satisfacer esta necesidad tales como operatorias crediticias-hipotecarias entre otras.

3) Desarrollar políticas complementarias para la construcción de soluciones con recursos propios, promover el cooperativismo, la autoconstrucción asistida pudiendo generar en su desarrollo trabajo genuino y capacitación en oficios afines.

4) Incorporar recursos, materiales y tecnologías regionales.

5) Aplicar prácticas sostenibles.

6) Promover la incorporación de elementos de accesibilidad en las unidades.

Toda política pública de vivienda incorporará a su objetivo orientado al bienestar un sentido más amplio de aspecto estratégico como: valoración de espacios públicos, planificación territorial, calidad de vida, sustentabilidad del entorno, acceso a la infraestructura y servicios, equipamiento urbano e inclusión.

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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