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Caja de Seguridad Social para los profesionales del arte de curar de la provincia Artículo 64 Provincia de Santa Fe


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2024

Caja de Seguridad Social para los profesionales del arte de curar de la provincia Santa Fe
Artículo 64.

Los afiliados mayores de sesenta y cinco (65) años de edad y con treinta (30) años o más de ejercicio profesional con aportes, que reúnan los demás requisitos o condiciones para obtener jubilación ordinaria íntegra y eventualmente también la bonificación del artículo 63, que continúen ejerciendo la profesión pueden optar por:

a) continuar realizando los aportes correspondientes a su edad y antigüedad en la profesión previstos en el artículo 19, en cuyo caso serán bonificados en el monto mensual del beneficio con el valor de dos (2) Módulos Previsionales de Beneficio por cada año excedido de edad y servicio consideradas conjuntamente, los que se suman a la bonificación otorgada por el artículo 63;

b) realizar el aporte correspondiente a la mínima categoría establecida en el artículo 19, en cuyo caso perciben el monto mínimo establecido para la Jubilación Ordinaria Integra, con más la bonificación prevista en el artículo 63 que le correspondiere, sin derecho a computar por los años en que efectúe el aporte mínimo, la bonificación prevista en el artículo 63.

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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


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