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Caja de Seguridad Social para los profesionales del arte de curar de la provincia Artículo 187 Provincia de Santa Fe


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2024

Caja de Seguridad Social para los profesionales del arte de curar de la provincia Santa Fe
Artículo 187.

Los profesionales del Arte de Curar matriculados y no afiliados, los afiliados activos y los cancelados en la afiliación, que hasta el 31 de diciembre de 2004 no hubieran cumplido con el pago de los aportes obligatorios previsionales mínimos mensuales, instituidos por los artículos 19 y 20 de la Ley N° 10.419, pueden por única vez optar:

a) Por el cómputo de todos los períodos de aportes obligatorios previsionales mínimos mensuales, abonando lo adeudado, o b) Por el cómputo de parte de los períodos de aportes obligatorios previsionales mínimos mensuales, no inferior al diez por ciento (10 %), abonando lo adeudado que resultare de la opción.

La opción correspondiente al inc. b) del presente artículo genera la pérdida del cómputo de los períodos de aportes obligatorios previsionales mínimos mensuales, no abonados, en cuyo caso quedan extinguidas las obligaciones de los afiliados frente a la Caja por el respectivo período.

La opción debe efectuarse dentro de los seis (6) meses de entrada en vigencia de la presente ley. El citado plazo puede ser ampliado por el Directorio, por única vez y por hasta sólo otro período igual.

La opción positiva importa la obligación de ingresar los aportes impagos con más los intereses y accesorios estipulados en la presente ley y su reglamentación y con los instrumentos y metodologías de cobranzas previstos.

El silencio del afiliado frente a las opciones ut supra mencionadas, se reputa como manifestación expresa de reconocimiento de todos los períodos de aportes obligatorios previsionales mínimos mensuales, como adeudados.

Independientemente de lo dispuesto en los párrafos anteriores, los períodos mensuales ya abonados son reconocidos a los fines del otorgamiento de los beneficios previstos legalmente, o de su acreditación conforme a los regímenes de reciprocidad jubilatoria aplicables.

El incumplimiento por parte del afiliado, de cualquiera de las pautas que se instrumentan para permitir su reinserción, implica automáticamente posicionarse en la situación de origen, computándose los pagos efectuados como a cuenta de la nueva determinación que se le deberá efectuar.

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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


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