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Caja de Seguridad Social para los profesionales del arte de curar de la provincia Artículo 13 Provincia de Santa Fe


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2024

Caja de Seguridad Social para los profesionales del arte de curar de la provincia Santa Fe
Artículo 13.

El patrimonio de la Caja de Seguridad Social para los Profesionales del Arte de Curar de la Provincia de Santa Fe, se forma con su actual patrimonio y los siguientes recursos:

a) Con los aportes personales obligatorios para previsión social y servicios sociales de los afiliados.

b) Con los aportes personales voluntarios para previsión social y servicios sociales de los afiliados.

c) Con las contribuciones originadas en actos profesionales del Arte de Curar, en jurisdicción de la Provincia de Santa Fe, las que están a cargo de los comitentes o de quienes reciban los servicios, en el tiempo, modo y forma que establezca el Directorio de la Caja conforme lo normado en esta ley en sus artículos 28, 29, 31, 36 y 38.

d) Con el importe de la cuota o cuotas que abonan los afiliados de la Caja, para los subsidios establecidos en la presente ley o los que establezca el Directorio por resolución fundada.

e) Con el importe de los intereses, multas y recargos, cualquiera fuera su concepto y su causa.

f) Con los intereses y frutos civiles de los bienes de la Caja.

g) Con el importe proveniente del cobro de coseguros por prestaciones de obra social.

h) Con las donaciones, herencias y legados que se hicieran a favor de la Caja.

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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


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